El Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado el 7 de noviembre de 2022 poner en marcha un programa de recompra de acciones propias
El Programa se realizará de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (“Reglamento (UE) 596/2014“) y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento sobre el abuso de mercado en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (“Reglamento Delegado (UE) 2016/1052“), con arreglo a los siguientes términos y condiciones:
- Propósito
El Programa se llevará a cabo con la finalidad de reducir el capital de la Sociedad mediante la amortización de las acciones propias adquiridas bajo el Programa. Se espera someter dicha reducción de capital a la aprobación de la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2023.
- Inversión máxima
La inversión máxima neta del Programa de Recompra asciende a 50.000.000 Euros. A efectos del cálculo de este importe se computará únicamente el precio de adquisición de las acciones, excluyendo por lo tanto los gastos, comisiones o corretajes que, en su caso, pudieran repercutirse sobre las operaciones de adquisición.
- Número máximo de acciones
El número máximo de acciones de la Sociedad que podrán adquirirse bajo el Programa de Recompra, se fija en 6.793.375 acciones, que representan un 5% del capital social a esta fecha.
- Condiciones de precio y volumen
La adquisición de las acciones propias se realizará a precio de mercado, de conformidad
con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052.
En particular, en lo que se refiere al precio, la Sociedad no comprará acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (i) el precio de la última operación independiente, o (ii) la oferta independiente más alta de ese momento en los centros de negociación donde se efectúa la compra.
En lo que respecta al volumen de contratación, la Sociedad no adquirirá más del 25% del volumen medio diario de las acciones de Applus en el centro de negociación en que se efectúe la compra. A los efectos del cómputo de dicho volumen medio diario, se tomará como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.
- Plazo de duración
El Programa de Recompra se iniciará el día 9 de noviembre de 2022 y permanecerá vigente hasta el día 30 de septiembre de 2023, ambos incluidos.
No obstante, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, hubiera adquirido al amparo del mismo acciones por un precio que alcanzara el importe de la inversión máxima o el número máximo de acciones autorizado por el Consejo de Administración, o si concurriera otra circunstancia que así lo aconsejara.
- Ejecución del Programa de Recompra
Se ha designado a Banco Santander, S.A. como gestor del Programa, quien tomará de manera independiente las decisiones relativas a la compra de las acciones de Applus sin influencia ni injerencia alguna de la Sociedad.
La interrupción, finalización o las eventuales modificaciones del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (y a cualquier otra autoridad regulatoria a la que, en su caso, deba darse conocimiento de ello), conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 596/2014 y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. Dichas operaciones serán también publicadas en la página web de la Sociedad según lo establecido en dichas normas.
Fuente: OIR