La Sociedad informó al mercado por medio de la comunicación de información privilegiada de fecha 2 de agosto de 2022, publicada en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con número de registro 1.573, complementada posteriormente por la comunicación de información privilegiada de esa misma fecha, con número de registro 1.574, que, en dicha fecha, había firmado, junto con dos filiales íntegramente participadas de manera indirecta por la Sociedad, esto es, DIA Retail España, S.A.U. y Grupo El Árbol, Distribución y Supermercados, S.A.U. (ambas entidades, conjuntamente con la Sociedad, los “Vendedores”) un contrato de compraventa de activos inmobiliarios y mobiliarios y transmisión de determinados títulos de posesión, uso y disfrute de ciertos establecimientos (el “Contrato”), en virtud del cual, sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones suspensivas, los Vendedores debían vender, transmitir o ceder, a Alcampo, S.A. (i) un portfolio de hasta un máximo de 235 supermercados, (ii) dos naves logísticas situadas en Villanubla (Valladolid), y (iii) determinados contratos, licencias, activos y empleados relacionados con dichos establecimientos y naves logísticas (la “Operación”).
La Sociedad informa de que, en el día de hoy, han quedado cumplidas todas las condiciones suspensivas a las que estaba sujeta la Operación, esto es: (i) la obtención por el comprador de autorización de control de concentraciones por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, (ii) la obtención por los Vendedores de autorización por parte de las entidades financieras de la financiación sindicada de la Sociedad para la realización de la Operación, y (iii) la transmisibilidad de un número determinado de tiendas variable en función de diversos parámetros.
Habiéndose cumplido las condiciones suspensivas, el cierre de la Operación se llevará a cabo mediante entregas sucesivas de lotes de establecimientos que está previsto que tengan lugar a lo largo de los próximos meses conforme al calendario de entregas que acuerden las partes. La Sociedad informará en su momento del precio final de la Operación, así como del destino de los fondos obtenidos una vez haya concluido la ejecución de la Operación.
Fuente: OIR