Se ha notificado a la Sociedad el Auto de la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 23 de marzo de 2022 por el que se admite a trámite el recurso de casación presentado por Ence Energía y Celulosa, S.A. y otras entidades contra la sentencia de la Audiencia Nacional 15 de julio de 2021, dictada en el procedimiento seguido a instancia del Ayuntamiento de Pontevedra, por la que se declaraba la nulidad de la prórroga de la concesión de dominio público marítimo terrestre sobre la que se asienta la biofábrica de Pontevedra. Esta información se relaciona con el comunicado del pasado 1 de marzo con nº de registro 14721, sobre la admisión del recurso contra la sentencia de la Audiencia Nacional a instancias de Greenpeace
El mencionado auto declara que existe interés casacional objetivo consistente en determinar: i) si para el otorgamiento de la prórroga de las concesiones de dominio público marítimo terrestre existentes a la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988 -otorgadas al amparo del artículo 2º de la Ley 2/2013- resulta necesario acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 32.1 de la Ley de Costas, así como el alcance del precepto cuando el demanio no se encuentra en su estado natural y ha sido transformado como consecuencia de la intervención de la Administracion del Estado y ii) si el allanamiento de la Abogacía del Estado le permite continuar interviniendo activamente en el proceso en sus fases de prueba y conclusiones en defensa de las razones de su allanamiento y, por tanto, de la legalidad del acto impugnado.
Aún está pendiente el pronunciamiento del Tribunal Supremo respecto de la admisión del tercer recurso de casación interpuesto por la Sociedad y otras entidades contra la sentencia de la Audiencia Nacional recaída en el procedimiento iniciado contra la prórroga de la citada concesión por la Asociación por la Defensa de Ría de Pontevedra.
Fuente: OIR